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viernes, 23 de septiembre de 2016

Poder Judicial: fallo no autoriza reducción automática ni unilateral de sueldos

Magistrado sugiere reunión con dirigentes sindicales para explicarles las implicancias de la sentencia.
Criterio del fallo no deberá ser seguido por los demás jueces del país de forma indiscriminada, aclaró el Poder Judicial
El presidente de la Segunda Sala Constitucional Transitoria del Poder Judicial, Javier Arévalo, sostuvo que el fallo de la Corte Suprema relativo a la reducción de salarios “no sienta ningún precedente”, ni permitirá que los empleadores tomen esta decisión de forma unilateral.

Frente a las voces de protesta de dirigentes sindicales, les pidió calma y afirmó que estaría dispuesto a recibirlos para explicarles las implicancias de la sentencia.

“Esta sentencia no sienta ningún precedente, porque para que siente precedente debe ser emitida por la sala con ese carácter. Esta sentencia no tiene carácter de precedente”, explicó en una conferencia de prensa.

Sobre este fallo, detalló que está referido a un caso concreto, de rebaja temporal y consensuada, que obedece a una situación en la que la empresa demandada se encontraba sujeta a un proceso de liquidación, inscrito legalmente en los Registros Públicos.

Por tanto, reiteró, es un criterio que no constituye precedente vinculante ni doctrina jurisprudencial que debe ser seguido por los demás jueces del país.

Para garantizar los derechos laborales, opinó, no es necesaria una nueva norma sino que el Gobierno elabore la Ley General del Trabajo, que “se viene postergando desde hace muchos años”.(la república)