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domingo, 27 de septiembre de 2015

Darán más años de cárcel a quienes asesinen a policías, militares o alcaldes

Con nuevo decreto.  La pena por este delito será de 25 a 35 años. Penalista indica que se debe recuperar el principio de autoridad de la PNP y fortalecer su labor de investigación.

A sangre fría. Quince policías han sido asesinados en Lima. El último crimen ocurrió ayer en el Callao. En todos los casos los autores fueron delincuentes comunes
En lo que va del año, 14 policías han sido asesinados a manos de delincuentes en Lima. Uno de estos casos fue el del suboficial PNP Jorge Adalberto Poma Cochachín, de 50 años, quien fue secuestrado y asesinado a balazos en un descampado de San Martín de Porres.

El agente policial se dirigía a su casa luego de haber culminado sus labores en la comisaría de Canto Rey cuando fue interceptado por dos sicarios. El agente fue obligado a arrodillarse cuando sus verdugos le dieron muerte de ocho disparos. La hipótesis fue una venganza.

Para castigar crímenes como este, el Ejecutivo publicó ayer el DL 1237 que modifica algunos artículos del Código Penal para endurecer las penas a quienes asesinen a miembros de la Policía Nacional.

La pena de cárcel que se contemplaba para estos casos en el Código Penal vigente era no menor de 20 años. Sin embargo, con esta modificación legal los responsables serán castigados con pena privativa de la libertad no menor de 25 ni mayor de 35 años. Es decir, se elevó cinco años.

De igual manera se aplica para quienes asesinen a miembros de las Fuerzas Armadas, jueces, fiscales, miembros del Tribunal Constitucional o a cualquier autoridad elegida por mandato popular.

En este decreto se incluye también a los altos funcionarios comprendidos en el artículo 39 de la Constitución Política del Perú. Es decir, al presidente de la República, congresistas, ministros de Estado, defensor del Pueblo.

Precisa además que si un agente policial, juez, fiscal o autoridad elegida por mandato popular, es víctima de lesiones graves en el cuerpo o la salud, los culpables serán reprimidos con penas privativas de la libertad de hasta 12 años.

Para el abogado penalista Luis Lamas Puccio, el reducir el número de estos crímenes no pasa por el endurecimiento de las penas sino en mejorar la imagen de la Policía Nacional, además de recuperar el principio de autoridad.

El experto indica que las penas siempre han sido severas, incluso en la anterior Constitución Política se incluía la pena de muerte para quien asesinara a un policía; sin embargo no frenaron los asesinatos de policías y militares.

“La idea es que el policía sea respetado y para eso se debe mejorar su condición de funcionario público en el plano económico, en el plano operativo, que esté bien equipado y no con armamento obsoleto”, mencionó a La República.

Extorsión y granadas

El mismo decreto legislativo contempla el incremento de las penas de prisión efectiva para casos de extorsión, que ahora recibirán de 10 a 15 años. Esto es para quienes mediante la violencia o amenaza obligan a una persona o a una institución pública o privada a otorgar ventaja económica.

La misma pena se aplicará al que suministre información con la finalidad de contribuir a la comisión de este delito.

Luis Lamas Puccio consideró que la extorsión ha ido creciendo porque no hay una labor de investigación a estas bandas criminales. “Hay que fortalecer las labores de investigación no tanto de represión porque el delito ya se produjo”.

Con referencia a la tenencia de materiales peligrosos como granadas, el DL 1237 señala: “el que, sin estar autorizado, fabrica, ensambla, modifica, almacena, suministra, comercializa, ofrece o tiene en su poder bombas, armas, municiones o materiales explosivos será reprimido con pena privativa de libertad de 6 a 15 años”.

Y quienes promueven o facilitan el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes mediante la fabricación o tráfico, serán reprimidos con penas de 8 a 15 años de prisión.

Muchos policías asesinados

Hasta agosto de este año se informó que el número de policías asesinados a manos de la delincuencia era de 14 solo en la ciudad capital.

En el 2014 fueron asesinados 25 policías solo en intervenciones a delincuentes comunes a nivel nacional, informaron fuentes de la PNP. En el 2013 fallecieron 20 agentes.
En su mayoría, las víctimas estaban en su día de franco o trabajando como personal de seguridad para empresas.

Al cierre de esta edición otro suboficial de la PNP fue hallado muerto en el Callao. El cuerpo del agente Julio Arturo Dávila Chávez fue arrojado desde un vehículo a espaldas de los almacenes de la empresa Ramsa, en la Av. Néstor Gambetta. Llevaba puesta ropa de civil.

Internos procesados no estarán junto a los sentenciados en cárceles
Los internos que estén en condición de procesados en las cárceles ya no estarán junto a los sentenciados. Así lo indica el Decreto Legislativo 1239 dado por el Ejecutivo.

De igual manera fija una separación de los menores de 21 años de los internos de mayor edad, los vinculados a organizaciones criminales de los que no lo están. También de los reos primarios de los que son reincidentes.

Asimismo dispone que los internos sean clasificados en máxima, mediana y mínima seguridad. Los reos procesados o sentenciados por estar vinculados a organizaciones criminales que no hayan sido clasificados en el Régimen Cerrado Especial, necesariamente serán clasificados en la categoría máxima seguridad.

Los internos clasificados en la etapa mínima, mediana y máxima seguridad deberán permanecer recluidos en áreas separadas.

Se enfatiza también que los penales deberán estar dotados de ambientes destinados a atenciones de urgencias y emergencias, ambulatorias y/o de internamiento con equipo, recurso humano e instrumental médico.

Las cárceles deberán contar con zonas específicas de aislamiento para casos de enfermedades infectocontagiosas y para el tratamiento psiquiátrico, para el caso de toxicómanos y alcohólicos.

Y las personas que visiten penales y sean intervenidas por poseer armas de fuego, municiones, sustancias ilícitas y artículos prohibidos serán sancionadas con la suspensión definitiva de ingreso a cualquier penal.

Clave

Cuando el visitante a un penal sea intervenido por llevar artículos prohibidos o que incurra en conductas que alteren el orden y la seguridad, será sancionado con suspensión de ingreso a un penal que puede ir desde un mes hasta la prohibición definitiva.(la república)