Medida se aplica para trabajadores del sector público a nivel nacional, en lo que resta del año.
Según el Decreto Supremo N° 161-2021-PCM se incluyen los siguientes días: lunes 11 de octubre; martes 2 de noviembre; viernes 24, lunes 27 y viernes 31 de diciembre de 2021, además del lunes 3 de enero de 2022.
En el caso del sector público, estos días no laborables están sujetos a horas de trabajo compensables en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad.
Mientras que en el caso del sector privado estos podrían acogerse a lo dispuesto en esta medida, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. En caso no haya un acuerdo entre las partes, la decisión final la tendrá el contratante.
Vale precisar que en el marco del Plan de Reactivación del Sector Turístico, el gobierno busca generar un total de 14.6 millones de viajes y un movimiento económico de $1,5 millones, como resultado de las campañas de turismo interno en las 24 regiones del país.
Sectores que no podrán acogerse
La norma indica que algunas actividades del sector privado están excluidos de este beneficio y que los trabajadores continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
Se trata de los servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos.(LA REPÚBLICA)