sábado, 30 de octubre de 2021

Feriado largo por el 1 de noviembre: ¿cuántos días son y quiénes se benefician?

A partir del sábado 30 de octubre iniciará un nuevo feriado largo para incentivar la reactivación económica en el país. Conoce si serás beneficiado y otros detalles al respecto.

Muchas personas optarán por viajar a zonas arqueológicas junto a sus familias. Foto: Jaime Mendoza / La República

Con el avance de la vacunación contra la COVID-19 y la mejora de los indicadores epidemiológicos, más personas aprovechan para viajar a diversos destinos del Perú y así reactivar la economía. Una oportunidad para hacerlo tendrá lugar este fin de semana largo gracias al feriado del lunes 1 de noviembre.

A continuación te comentamos algunos aspectos que debes tomar en cuenta si es que piensas aprovechar estos días para salir de la rutina.

¿Qué días son?

El lunes 1 de noviembre es feriado por ser el Día de Todos los Santos. Asimismo, el Gobierno, por medio de decreto supremo, estableció el martes 2 de noviembre como día no laborable. A esos días se suma el día sábado 30 y el domingo 31 de octubre en el que usualmente muchas personas trabajan.

Es decir, puedes aprovechar desde el 30 de octubre hasta el 2 de noviembre para viajar o realizar alguna actividad prolongada.

¿A quiénes beneficia?

El día no laborable está dirigido para los trabajadores del sector público. Sin embargo, el Gobierno indicó que el sector privado podrá acogerse a lo dispuesto previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma en la que se hará efectiva la recuperación de las horas.

El decreto menciona que estas serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública en función a sus propias necesidades.

Asimismo, señala que, para fines tributarios, los días no laborable serán considerados hábiles.

Otros días no laborables

El Decreto Supremo N.º 161-2021-PCM declara como días no laborables:

  • Lunes 11 de octubre de 2021
  • Martes 2 de noviembre de 2021
  • Viernes 24 de diciembre de 2021
  • Lunes 27 de diciembre de 2021
  • Viernes 31 de diciembre de 2021
  • Lunes 3 de enero de 2022.

Actividades de relevancia

El decreto apunta que las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables.

Asimismo, las empresas privadas de los siguientes sectores están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables a fin de garantizar los servicios a la comunidad:

  • Servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, traslado de valores y expendio de víveres o alimentos.

(LA REPÚBLICA)