Con la restitución de la ley que le pone fin a la impunidad, la Fiscalía podrá actuar de manera inmediata en el principal caso de corrupción del Gobierno de Dina Boluarte.
La observación de la ley sobre la detención preliminar y la demora del Congreso de la República en discutir y aprobar su restitución ha favoreció no solo benefició a las bandas criminales, sino también a los investigados en casos de corrupción principalmente a una de las investigación más relevantes que ha tenido el Gobierno de Dina Boluarte: la organización criminal enquistada en Qaliwarma ahora Wasi Mikuna .
Precisamente cuando la fiscalía allanó la casa del vocero presidencial, Fredy Hinojosa, no se le pudo detener porque aún no se había restituido la detención preliminar. Esto limitó la capacidad del Ministerio Público para actuar con rapidez y asegurar la presencia de los investigados en el proceso. La Fiscalía se vio impedida de tomar una medida preventiva contra Hinojosa y otros 20 funcionarios implicados en el caso.
Ahora que el Congreso ha restituido la norma tras insistencia, los fiscales podrán solicitar su aplicación de ella en el caso Qaliwarma, pero ahora con ligeros cambios que resguardan los derechos de los investigados.
Consultado por La República, el abogado penalista Andy Carrión, esta medida podría utilizarse en las próximas horas o días en contra de Freddy Hinojosa, quien se encuentra investigado por presunta organización criminal, colusión y cohecho, así como el exministro de Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini, investigado por presunta obstrucción a la justicia, ambos en el caso Qali Warma.
“Ya se ha visto rehabilitada esta figura de la detención preliminar y, por tanto, ya todos los casos en los cuales el delito que se investiga tenga un variable mínimo de cuatro años son perfectamente posibles de ser solicitados en todos estos casos”, señaló Carrión a este medio.
Pero, no solo Freddy Hinojosa se salvo de una detención preliminar, sino también Julio Demartini, debido a que la Fiscalía con limitación de la norma, solo pudo solicitar un impedimento de salida del país contra el exministro ante la sala que dirige el juez Juan Carlos Checkley.
Detención preliminar: ¿cuáles son los 'cambios' en la nueva ley?
La restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia incorpora dos modificaciones clave respecto a su aplicación anterior. En primer lugar, establece un criterio más restrictivo para su uso, exigiendo la existencia de elementos probatorios concretos que justifiquen la privación de la libertad de un sospechoso. Antes, bastaban solo indicios circunstanciales para justificar la medida.
En segundo lugar, se ha reforzado la exigencia de motivación por parte de los fiscales y jueces. Ahora, para que un juez autorice la detención preliminar, la Fiscalía debe demostrar con mayor precisión el riesgo de fuga o el peligro de obstaculización de la investigación. Este punto busca evitar que se utilice la detención preliminar de manera arbitraria o como un mecanismo de presión política.
No obstante, para el abogado penalista Fernando Ugaz, estas especificaciones ya estaban en el Código Procesal Penal. "El problema no es la legislación en sí, sino su aplicación por parte de jueces y fiscales, quienes deben recordar que esta medida es excepcional y no una regla general", manifestó.
Además, los cambios no serían sustanciales. "Antes decía para la comisión del delito, razones plausibles y ahora dice que existan elementos razonables. El otro cambio dice que, para el tema de fuga y obstaculización, decía que haya cierta posibilidad de fuga y ahora que presenten indicios razonables de posibilidad de fuga. Pero, lo cierto es que ni antes ni ahora se debía detener si no existían suficientes elementos razonables, entonces me parece que se ha cambiado una palabra simplemente para colocarle a algo que sea 'razonable'", acotó Ugaz.
El argumento del Congreso ante su eliminación
En tanto, el Congreso justificó la eliminación de la detención preliminar en casos de no flagrancia, argumentando que se había convertido en una herramienta de abuso y arbitrariedad dentro del sistema de justicia. Según los legisladores que impulsaron la reforma- en su mayoría, con líderes de partidos investigados por corrupción- la medida había sido utilizada de manera indiscriminada, afectando a ciudadanos sin pruebas contundentes y, en algunos casos, sirviendo como un mecanismo de persecución política. "No podemos permitir que se sigan vulnerando derechos fundamentales bajo la excusa de combatir el crimen", sostuvieron algunos parlamentarios durante uno de los últimos plenos del 2024.
Sin embargo, el abogado penalista Fernando Ugaz advierte que el problema no radica en la norma en sí, sino en su aplicación. "La detención preliminar en casos de no flagrancia debe cumplir ciertos requisitos: la existencia de elementos razonables sobre la comisión del delito y la presunción de riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación. Esto ya estaba en el Código Procesal Penal", explica. A pesar de las críticas terminaron obligando al Ejecutivo y -luego- al Congreso que apruebe su restitución, la figura revivió el debate sobre su uso y la necesidad de garantizar que se aplique con criterios claros y sin vulnerar derechos fundamentales.
Para el abogado Andy Carrión, la restitución de la detención preliminar no afecta la presunción de inocencia, pues se trata de una medida provisional con un plazo máximo de aplicación de siete a diez días. "No tiene que ver con el fondo del asunto, es decir, con la inocencia o culpabilidad de los detenidos preliminarmente, sino con sujetar al imputado, al proceso o a la investigación", explicó. Por el contrario, advirtió que la prisión preventiva sí podría afectar la presunción de inocencia, ya que "puedes llegar hasta los 36 meses de prisión, es por eso que en esa institución se afirma que no se garantizaría la presunción de inocencia".(LA REPÚBLICA)