Sentencia. Declaran fundada demanda de amparo que deja sin efecto la ejecución de la contrarreforma universitaria. Congreso ya no debería promulgar la ley, aunque puede apelar, dicen expertos.
El Segundo Juzgado Constitucional de Lima, a cargo de la jueza Milagros Grajeda, declaró fundada la demanda de amparo presentada por la Sunedu para impedir que el Congreso avance con la implementación de la denominada contrarreforma universitaria. Esta última aún no había sido promulgada.
La decisión se tomó una semana después de que se realizara la audiencia en la que los procuradores de la superintendencia y del Parlamento presentaran sus alegatos en torno a la iniciativa que “restablece la autonomía universitaria”, la cual incorpora en el Consejo Directivo de la Sunedu a representantes de las universidades elegidos por los rectores, lo que sería una figura similar a la extinta ANR.
En su sentencia, la cual aún puede ser apelada, la jueza Grajeda Bashualdo declaró nulo el procedimiento legislativo que modifica artículos de la Ley Universitaria. También dispone que el Congreso cumpla con observar el contenido de los fallos del Tribunal Constitucional (TC) y “el derecho a la educación universitaria de calidad al momento de ejercer su función legislativa”.
Precisamente, entre sus argumentos, menciona las sentencias del TC, las cuales reconocen la creación de una superintendencia independiente, así como su autonomía. Pone, además, en evidencia que los proyectos de ley desconocen los alcances de dichos fallos.
“Es una sentencia histórica y coherente. Un poder del Estado defiende el derecho de los jóvenes a una educación de calidad frente a un Poder Legislativo que pretendía atentar contra ello. La sentencia, en la práctica, significa que la ley no va a poder tener efecto”, señala el abogado Jorge Mori, director del Centro para el Análisis de Políticas Públicas de Educación Superior.
Hasta la emisión de la sentencia, el Congreso no había promulgado la ley aprobada por insistencia. Por ello, explica Mori, le corresponde al Parlamento ya no hacerlo. No obstante, si ello ocurre, la Sunedu ya no está en la obligación de acatarla. “Queda inmediatamente protegida”, afirmó.
Por su parte, la superintendencia subrayó que si bien el PJ señala que una norma reconocida por el TC puede ser modificada por el Congreso, estos cambios deberían optimizar el derecho. “Sin embargo, el PJ considera que el Congreso pretende emitir una norma que flexibiliza la supervisión exigida a las universidades”, indicó.
La congresista fujimorista Patricia Juárez, quien apoyó la contrarreforma, señaló que el PJ está legislando en lugar del Congreso. Por su parte, el abogado Luciano López, que participó en el proceso como litisconsorte, precisó que la jueza Grajeda ha detallado los límites del Congreso frente a la jurisprudencia del TC.
La resolución judicial
La jueza Milagros Grajeda declaró fundada demanda de Sunedu. Ordenó al Congreso tomar en cuenta fallos del TC. (LA REPÚBLICA)