El titular de la Comisión de Fiscalización del Congreso, Edgar Alarcón , difundió este jueves, en una sesión plenaria de ese Poder del Estado, tres audios con los que intenta vincular al presidente de la República, Martín Vizcarra , en el caso Richard Swing .
Al concluir la reproducción de las grabaciones, el presidente del Parlamento, Manuel Merino, convocó de emergencia a la Junta de Portavoces , mientras que, algunos legisladores pedían desde sus viviendas la vacancia presidencial.
¿Qué dice la Constitución? De acuerdo a la Constitución Política vigente, existen cinco causales por las que se puede vacar a un presidente de la República. Estas son:
1. Muerte del mandatario.
2. Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.
3. Aceptación de su renuncia por el Parlamento.
4. Salir del territorio nacional sin permisos del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.
5. Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución.
Opinión de especialistas
Los constitucionalistas Beatriz Ramírez y Omar Cairo analizaron la situación de Vizcarra Cornejo y la posible moción de vacancia que se presente en el Congreso .
Para el letrado Omar Cairo, para arribar a una vacancia presidencial se debe cumplir con una de las causas que la motiven, entre la que destaca la incapacidad moral, que, según dijo, es “un supuesto de incapacidad mental”, por lo que no aplica al caso del jefe de Estado.
“No procede, porque la vacancia no es una sanción. Todas las causales previstas en el artículo 113 de la Constitución lo indican. El contenido de los audios difundidos no coloca al presidente en ninguna de esas causales”, declaró.
Sin embargo, una opinión diferente sostiene el constitucionalista Luciano López, quien, a través de su cuenta de Twitter, manifestó que existen dos antecedentes en el país con los que se usó la incapacidad moral para tramitar mociones de vacancia: una en contra del exdictador Alberto Fujimori y la segunda, sobre el expresidente Pedro Pablo Kuczynski .
Al respecto, este diario recogió la opinión de la letrada Beatriz Ramírez, quien consideró que sobre ese punto se debe analizar qué es lo que se entiende por “incapacidad moral”, ya que, según algunos juristas, ello debe referirse a “incapacidad mental o física”.
“Es decir, este artículo debería resumir situaciones objetivamente comprobables. Lo cierto es que no dice ‘mental’ sino ‘moral’, y es por eso que al momento de aplicársela al expresidente Fujimori, se señaló que él había incurrido en una serie de faltas éticas a la dignidad al cargo presidencial”, indicó.
Consultado sobre los mencionados antecedentes, Cairo manifestó que al exdictador se le vacó por incapacidad moral “equivocadamente”, ya que se consideró en ese supuesto que era una “inmoralidad renunciar por fax”.
“Fujimori pudo haber impugnado, pero el problema era que incurrió en otra causal de vacancia, que es la de salir del territorio y no regresar en el periodo fijado. De todas maneras estaba en causal de vacancia, pero no de incapacidad moral”, agregó.
Sobre lo que se cocina en la Junta de Portavoces respecto al futuro de Vizcarra en el Ejecutivo, Beatriz Ramírez añadió que todo está “en manos del Congreso" y que depende de qué interpretación le dé a la causal sobre incapacidad moral.
“Esta causal, a diferencia de las otras, requiere una determinación. Es decir, hay que darle cierto contenido. El consenso es que hay que centrarla en aquellas conductas que son particularmente graves y que afectan en términos prácticos y sin llegar a ser delitos o faltas políticas, que hacen inviable el ejercicio de la Presidencia, porque dañan la imagen de la figura presidencial y que hace inviable que se pueda mantener en su cargo”, mencionó.(LA REPÚBLICA)