Increíble. Uno de los argumentos es que Indecopi no incluyó a los laboratorios. MiFarma, Fasa y Felicidad cuestionan además la obtención de mensajes sin orden judicial. Pero no dicen nada de la concertación del alza de medicinas.
Escribe: Fernando Leyton
Cuando se les informó que eran investigadas por conciliar la elevación de precios en 36 de sus productos, las cadenas de farmacias que Indecopi sancionó esta semana intentaron invalidar los correos electrónicos que sirvieron de prueba para determinar la existencia de un cartel en el mercado farmacéutico.
A finales del 2012, tras ser notificadas sobre el inicio del procedimiento sancionador, tres de las cinco empresas multadas cuestionaron la manera en que el ente regulador obtuvo estas comunicaciones, argumento que utilizaron para solicitar la nulidad de toda la investigación.
Los mensajes que intercambiaron los directivos de Arcángel, Fasa, Inkafarma, MiFarma y Boticas Felicidad, como ha señalado Indecopi, muestran que estas empresas acordaron elevar el precio de venta de medicinas y complementos nutricionales.
También se concertaron las fechas en que se aplicarían estas alzas y los mecanismos que se utilizarían para verificar que se cumplan los pactos.
Por esta práctica comercial prohibida, ejecutada entre enero del 2008 y febrero del 2009, las compañías aludidas deberán pagar una reparación de S/ 8 millones 984 mil en caso de que se confirme la resolución en primera instancia.
Correos no válidos
Para defenderse de las imputaciones, la cadena MiFarma, propiedad del Grupo Quicorp, argumentó que la Secretaría Técnica de Indecopi accedió a la información de los correos electrónicos sin una autorización judicial.
En consecuencia, a decir de la empresa, dicha entidad obtuvo los mensajes en forma ilícita y contraria a las disposiciones de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (ver facsímil).
De similar manera, la cadena de boticas Fasa, que también pertenece a Quicorp, sostuvo que las comunicaciones se recolectaron “sin mediar órdenes judiciales” ni las “formalidades” que exige la Constitución.
Por su parte, Boticas Felicidad (Nortfarma) criticó que Indecopi no haya verificado si los correos analizados pertenecían o no a trabajadores de la empresa o si estos tenían la facultad de decidir sobre los precios de los fármacos.
Entre 2013 y 2015, utilizando este y otros argumentos, las empresas multadas solicitaron que se declare nulo el proceso sancionador, pedido que fue desestimado por Indecopi.
El ente regulador replicó que la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas le faculta a realizar visitas de inspección sin notificación previa. Además, en virtud de esta potestad, su Secretaría Técnica puede disponer del “registro cotidiano de las actividades comerciales”, lo que incluye los correos electrónicos corporativos.
Los laboratorios
Para demostrar que existió una “práctica colusoria”, Indecopi recurrió a la teoría conocida como “hub and spoke”. Según este planteamiento, las empresas que arreglan precios intercambian información en forma indirecta a través de intermediarios o facilitadores, que, en el caso de las boticas sancionadas, fueron los laboratorios.
La cadena Arcángel argumentó, en nombre de las cadenas, que todo el proceso era inválido porque Indecopi no incluyó en la acusación a dichos proveedores, lo que era una contradicción que generaba un “vicio insubsanable”.
MiFarma, Fasa, Inkafarma y Nortfarma argumentaron que, bajo el modelo “hub and spoke”, Indecopi no logró acreditar conductas infractoras como el intercambio bidireccional de datos, la confianza en el facilitador y la ausencia de contacto directo entre las cadenas.
La institución respondió que la no inclusión de los laboratorios en el proceso sancionador no anula la responsabilidad que tienen las boticas por incurrir en “prácticas colusorias”.
Según el ente regulador, los acuerdos irregulares pudieron lograrse con el apoyo de otros agentes, cuya participación puede considerarse como “accesoria”.
Cadenas dijeron estar indefensas en investigación
Cuando se inició la investigación, al presentar sus descargos, Fasa y Nortfarma dijeron que Indecopi no había definido con precisión los cargos imputados, lo que limitaba seriamente su derecho de defensa.
A dicho argumento se sumó luego la empresa Eckerd, cuyas farmacias operan con el nombre de Inkafarma. El ente regulador refutó esta afirmación al sostener que las compañías investigadas ofrecieron pruebas para intentar desestimar la acusación, es decir, no existió una “situación de indefensión”.
Las compañías también trataron de defenderse argumentando que no existían indicios para denunciar un cartel de alcance nacional porque los precios que analizó Indecopi se referían solo a Lima. El contenido de los mensajes desmintió esta línea argumentativa.(la república)