Se modificó el horario del toque de queda y también las restricciones sobre el aislamiento social obligatorio en el país, a excepción de siete regiones. El presidente Vizcarra recalcó hoy que pasamos de una cuarentena general a una focalizada.
En siete regiones, todavía se mantendrá las normas actuales, debido a que en estos lugares la pandemia aún no ha sido controlada | (Foto: Jesús Saucedo / GEC)
Escribe: Juan Guillermo Lara
El pasado viernes, el Ejecutivo publicó la norma que prorrogaba el estado de emergencia hasta el próximo 31 de julio “por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19”. De esta forma, la cuarentena pasaba de ser general a focalizada, a excepción de siete regiones.
La disposición, publicada en una edición extraordinaria del diario oficial “El Peruano”, entrará en vigencia a partir del 1 de julio. A continuación, respondemos las dudas sobre sus principales disposiciones y cambios respecto a las medidas vigentes:
1. ¿En qué horario se prohíbe la circulación de las personas?
La reactivación de las actividades económicas conllevó a un incremento en la circulación de ciudadanos. No obstante, se instó a la población a seguir cumpliendo el aislamiento “en la medida de lo posible” e ir retomando sus labores con responsabilidad.
Por ello, la inmovilización social obligatoria (toque de queda) se mantendrá en todo el territorio nacional, pero con una modificación horaria: ahora regirá desde las 10:00 p.m. hasta las 4 a.m. Se han eliminado las restricciones que existían para los domingos. La población podrá circular esos días a excepción del horario dispuesto para el toque de queda.
Esta norma no se aplicará en Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash por ser zonas donde la pandemia está en crecimiento. En estas regiones, el toque de queda será de 8:00 p.m. a 4 a.m. Los domingos,regirá todo el día.
Durante ese horario, se prohíbe el libre tránsito de los ciudadanos, a excepción de personal necesario para actividades consideradas esenciales, como la prestación de servicios de abastecimiento de alimentos, energía eléctrica, saneamiento y actividades conexas detalladas en el decreto.
Además, se permite el desplazamiento de personas que requieran asistencia médica urgente y la adquisición de medicamentos. Las farmacias y boticas podrán brindar atención en este período.
La Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, verificará el cumplimiento de estas medidas.
2. ¿Los niños y adultos mayores también podrán transitar libremente?
Los niños y adolescentes menores de 14 años, aparte de las personas en grupos de riesgo, como los adultos mayores de 65 años y quienes presenten comorbilidades, deberán continuar cumpliendo una cuarentena obligatoria.
En el caso de los menores, se les permite salir fuera de sus casas hasta por una hora, siempre y cuando lo hagan con una persona mayor de edad, que resida en el mismo domicilio, y a una distancia no superior a 500 metros de la residencia. Durante este paseo, se debe mantener una distancia social no menor de dos metros.
Aquellos niños y adolescentes que presenten síntomas, se encuentren en cuarentena por disposición sanitaria o con un diagnóstico positivo de COVID-19 están prohibidos de circular.
En el caso de los adultos mayores y ciudadanos en grupos de riesgo, podrán salir de su domicilio siempre que requieran atención médica urgente o ante una emergencia. También podrán realizar actividades como compra de alimentos, medicinas o servicios financieros en caso de no que no cuenten con alguien que los pueda apoyar.
Además, tienen permitido salir a cobrar algún beneficio económico otorgado por el Gobierno o pensiones en entidades bancarias, y hacer algún trámite que exija su presencia física.
3. ¿Sigue vigente el uso obligatorio de mascarillas?
Durante el estado de emergencia, los gobiernos regionales y locales continuarán con la vigilancia del cumplimiento de medidas sanitarias como el distanciamiento social no menor de un metro y el uso obligatorio de mascarillas.
El ministro de Defensa, Walter Martos, dijo que el Ministerio de Salud (Minsa) propuso el uso de protectores faciales (que cubren todo el rostro) como requisito para salir a la calle tras el levantamiento de la cuarentena.
Hoy, durante conferencia de prensa, el presidente de la República, Martín Vizcarra, señaló que la utilización de estos artículos será necesario al momento en que las personas hagan uso del transporte público. Ello, pues es difícil mantener el distanciamiento social en estas unidades.
4. Tras el levantamiento de la cuarentena, ¿se puede viajar a otras regiones?
En esta nueva etapa, se mantiene el cierre total de las fronteras, por lo que continúa suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial, salvo razones humanitarias. El transporte de carga y mercancía no se encuentra comprendido en este cierre temporal.
En el caso de transporte interprovincial, el presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, precisó que los viajes, tanto terrestres como aéreos, entre regiones en las que no rija la cuarentena estarán permitidos una vez que se elabore su respectivo protocolo de seguridad para prevenir contagios de COVID-19.
Zeballos agregó que en los próximos días se hará público el protocolo para la reactivación de estas actividades, el cual está a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y otras entidades estatales.
“Hemos deliberado ampliamente en el Consejo de Ministros y hemos visto que estas actividades [los vuelos] corresponden a la tercera fase de reactivación económica, la cual coincide con julio. Sin embargo, estas actividades no pueden reanudarse sin protocolos”, manifestó Zeballos.
5. ¿Es posible ir a pasear a los centros comerciales?
La norma precisa que la permanencia en los establecimientos comerciales debe ser estrictamente para que los clientes adquieran productos o servicios, no para paseos. Se especifica que se deben evitar aglomeraciones y controlar que consumidores y empleados mantengan el distanciamiento mínimo de un metro.
En el caso de entidades financieras, mercados y supermercados, se permite su operación con un aforo no mayor del 50%. Para el ingreso, el uso de mascarillas y la desinfección son obligatorios.
En la disposición, se oficializó la suspensión de la tradicional Gran Parada Cívico-Militar de Fiestas Patrias para evitar aglomeraciones. Además, se indicó que están prohibidos los desfiles, fiestas patronales, actividades civiles y religiosas, así como todo tipo de reuniones sociales, políticas y culturales que impliquen concentración de personas. 
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¿Quiénes son las personas que corren más riesgo por el coronavirus?
Debido a que la covid-19 es un nuevo coronavirus, de acuerdo con los reportes que se tienen a nivel mundial, las personas mayores y quienes padecen afecciones médicas preexistentes como hipertensión arterial, enfermedades cardíacas o diabetes son las que desarrollan casos graves de la enfermedad con más frecuencia que otras.
¿Hay cura para el covid-19?
Aún no existen pruebas de que alguna vacuna o medicamento pueda prevenir o curar la enfermedad. Sin embargo, los afectados deben recibir atención de salud para aliviar los síntomas; y si el paciente está grave, deberá ser hospitalizado.
La OMS coordina esfuerzos para encontrar la cura contra este nuevo coronavirus que ha acabado con la vida de miles de personas.(EL COMERCIO)