Drástica medida. Norma elimina también beneficios para feminicidas y sentenciados por trata de personas.
Los presos por el delito de violación sexual a menores, feminicidio y trata de personas no podrán acceder al beneficio de semilibertad y libertad condicional y deberán cumplir de manera completa sus condenas en la cárcel, según la Ley Nº 30609 promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada ayer en El Peruano.
Dicha norma que tiene por objetivo combatir la violencia familiar y de género, así como proteger los derechos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes modifica el artículo 50 del Código de Ejecución Penal.
Con este cambio, los condenados por el delito de violación sexual de menores de edad, por ejemplo, no podrán acceder al beneficio penitenciario de reducción de pena.
Antes, los agresores podían reducir su pena con la modalidad del 2x1; es decir, reducían un día de pena a cambio de dos días de trabajo o educación dentro de un penal. Este beneficio se acabó con esta nueva ley.
Pero hay una excepción y es la siguiente: los internos por los delitos de parricidio, feminicidio, trata agravada de personas, violación de la libertad sexual y otros delitos podrán reducir su pena con la nueva modalidad de 6 x 1; es decir, se redimirá un día de su pena a cambio de seis días de trabajo o educación.
2 mil casos este año
Según la viceministra de la Mujer, Russela Zapata, en los primeros seis meses del año se han reportado 2 mil casos de abuso sexual donde la mayoría de víctimas son menores.
Según el Instituto Nacional Penitenciario, de los 78.342 internos registrados el año pasado a nivel nacional, 7.105 personas estaban encarceladas por ultraje sexual contra menores. De ellos,4.089 están recluidos en calidad de sentenciados, y el resto como procesados.
El penal de Lurigancho alberga a la mayor cantidad de reclusos acusados de violación sexual contra menores: 689 en total. Le siguen el penal de Cusco, con 454; el de Trujillo, con 404; y el penal Miguel Castro Castro, en Lima, con 390 internos.(la república)