El presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, respondió en RPP Noticias una serie de consultas de la ciudadanía sobre la medida extraordinaria adoptada por el Ejecutivo para frenar el COVID-19. Desde la restricción de libertad de tránsito hasta los servicios de transporte que funcionarán. Conoce en la siguiente nota detalles de la norma que cumpliremos por los siguientes 15 días.
El titular del Gabinete Ministerial resolvió dudas sobre la medida del Ejecutivo. | Fuente: Presidencia del Consejo de Ministros | Fotógrafo: Victor Gonzales
El presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, respondió la noche del domingo una serie de interrogantes sobre el estado emergencia decretado por el mandatario Martín Vizcarra para mitigar el avance del nuevo coronavirus.
A continuación, las respuestas que brindó el titular del Gabinete Ministerial en RPP Noticias a las dudas de la ciudadanía sobre lo que implica esta medida que ha adoptado el Gobierno para frenar la epidemia en Perú.
¿Qué personas, además de las vinculadas a las labores de salud y abastecimiento y producción de alimentos, pueden salir durante la restricción de la libertad de tránsito?
(Pueden salir las personas que necesiten adquirir productos farmacéuticos, personas que necesiten abastecimiento de alimentos y personas) que desarrollen una actividad laboral profesional relacionada al sector salud. Lo otro, obviamente, es los que han salido tienen que retornar. El otro aspecto, es las personas que tienen la labor de asistencia y cuidado a las personas adultas mayores, niños, niñas adolescentes o personas con algún grado de discapacidad.
¿Cuáles son los sectores que continuarán sus funciones normalmente?
Otro aspecto es que están exoneradas de esta limitación son las entidades financieras, de seguros y pensiones. Asimismo, también todas aquellas actividades empresariales que giran en torno al rubro de almacenamiento, transporte distribución y venta de combustible, igualmente también a quienes laboran en los medios de comunicación social y quienes laboran en las centrales de atención telefónica.
¿Estará prohibido salir a la calle para comprar desde este lunes, habrá abastecimiento en los mercados?
Se está garantizando el abastecimiento tanto en los centros de abasto como en los mercados centrales y es por ello que, en las flexibilidades de qué personas pueden transitar, se está considerando que cualquier familiar puede estar acudiendo o saliendo a la calle a dotarse de abastecimiento en alimentos, pero obviamente esto tiene que ser usado de manera racional y ponderada.
El presidente Martín Vizcarra dio un mensaje a la Nación en el que anunció el estado de emergencia. | Fuente: Presidencia Perú
¿El transporte público dejará de funcionar en las ciudades?
No, obviamente lo preferente es que no y la norma lo dice, el transporte público sí, pero de manera restringida. En la medida que esté operando, obviamente tiene que ser menor a la capacidad que habitualmente operan. No solamente ello, sino que se está disponiendo de manera expresa que están obligados a fumigación permanente.
¿Está garantizado el recojo de residuos sólidos y la limpieza de las calles?
También, no solamente eso, ayer hemos tenido una reunión con todos los alcaldes de Lima Metropolitano encabezados por el presidente de la AMPE y el alcalde Jorge Muñoz y ellos se han comprometido a un trabajo articulado con el Gobierno nacional. No obstante, a partir de mañana, debe sumarse a esta tarea el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y, muy al margen de ello, se está disponiendo de una tarifa presupuestal para que las autoridades municipales puedan acudir a una oportuna respuesta de estas contingencias.
¿Cómo se vigilará que se cumpla con el estado de emergencia?
A partir de mañana también va a haber resguardo policial y resguardo militar, si bien es una medida que trata de forzar el respeto a esta norma, pero más allá de ello también se requiere una actitud diferente de los ciudadanos. Acá hay una restricción de libertades, estamos hablando de un estado de emergencia enmarcado en el artículo 137 de la Constitución, se restringe libertad individual, libertad de tránsito, libertad de reunión; es decir, la ciudadanía tiene que hacer caso a este tipo de determinaciones que están enmarcadas constitucionalmente.
Actualmente hay 71 casos confirmados de personas con el COVID-19 en Perú. | Fuente: Andina
¿Qué pasará con las personas que no hagan caso a la restricción de libertad de tránsito?
En principio es la detención, hay la inmediatez de la flagrancia y la detención. Lo segundo es que acá hay una premisa mayor primero el interés público regulado en la propia Constitución y en distintos fallos del TC, pero lo más importante es que está el artículo 2890 del propio Código Penal, que nos habla del derecho a la salud
¿Funcionarán los aeropuertos o terminales terrestres?
No tendría ninguna razón de ser, acá hay dos cierres, un cierre internacional y otro interprovincial. Ahora por qué el cierre interprovincial, porque de acuerdo con la estadística que nos ha sido alcanzada por el Instituto Nacional de Salud, las manifestaciones del virus se están focalizando en determinadas regiones. Entonces, lo que se trata es neutralizar en esas regiones para darles una atención prioritaria y que no se generalice a otras regiones.
¿Las/los trabadores/as del hogar deben continuar con su labor?
Es una pregunta bastante forzada, pero si estamos hablando de niños y niñas cuyos padres estuvieran laborando; o sea, si los padres están prestando un servicio de salud, servicio policial o servicio en el Ejército, obviamente este servicio tiene que darse, pero si se trata de familias completas que van a estar en casa, no están obligadas a ir a trabajar.
¿Se deberá pagar a los trabajadores que estén impedidos de ir a su centro de trabajo?
Se está proponiendo una fórmula que entre ambas partes tienen que definirse, respecto a que en un futuro podrían acudir unas horas extras que pudieran ser compensadas. Ahora, en otros casos, también estamos fomentando la llamada figura del trabajo remoto o teletrabajo, tienen que asumirlo de acuerdo con su propia disyuntiva de qué alternativa será la más sugerente.
¿El estado de emergencia contempla la detención de la actividad minera?
Es indudable, ese ha sido el tema más duro que hemos tenido que dilucidar, porque son sectores productivos que dan un aporte económico financiero bastante importante; sin embargo, la medida es para todos.(RPP NOTICIAS)