El Ministerio del Interior publicó una norma que contempla las prohibiciones que tienen los asistentes a espectáculos deportivos.
¿Se cumplirá? Ahora están prohibidas por ley las banderolas y pancartas en los estadios. |Fuente: Andina
El Ministerio del Interior publicó en las Normas Legales del diario El Peruano la ‘Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos’, que contempla, entre otras cosas, las prohibiciones que tienen los asistentes a espectáculos deportivos.
1. No banderolas. En el artículo 19 de la citada norma, se especifican las prohibiciones para los espectadores y organizadores de los espectáculos deportivos profesionales, entre los que tenemos usar o ingresar al recinto deportivo con banderolas, emblemas, pancartas, así como objetos o productos que “inciten a conductas intolerantes, discriminatorias, violentas, racistas o xenófobas”.
2. No caras cubiertas o pintadas. También está prohibido usar pintura facial, prendas o accesorios que dificulten la debida identificación de los espectadores, así como usar instrumentos musicales o sonoros.
3. Regulan cánticos y expresiones. Tampoco están permitidos cánticos, expresiones, gestos, sonidos o actitudes “que inciten a conductas intolerantes, discriminatorias, violentas, racistas, xenófobas, o que pretendan vejar a una persona o grupo de ellas por razón de su edad, raza o etnia, discapacidad, religión o convicciones, sexo u orientación sexual”.
4. No a las armas. La ley prohíbe, asimismo, introducir cualquier clase de armas o de objetos de similar naturaleza, tales como elementos punzantes, cortantes, susceptibles de utilizarse como proyectiles, incluyendo correas u objetos similares, instrumentos electrónicos, alimentos en recipientes rígidos, bebidas embotelladas o sus envases.
Los barristas tendrán que estar empadronados y no podrán concentrarse antes de ingresar al estadio. | Fuente: Andina
5. Sin explosivos. Además, se prohíben bengalas, petardos, explosivos o, en general, productos inflamables o corrosivos y dispositivos pirotécnicos.
6. No al alcohol ni drogas. Los asistentes al espectáculo deportivo no ingresarán si están bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias análogas. Tampoco está permitido ingresar o vender cualquier clase de bebidas alcohólicas o las sustancias antes mencionadas.
7. Castigos. Si se incumplen estos puntos, la norma establece que la autoridad puede incautar los objetos correspondientes, impedir el ingreso a personas o retirarlas del recinto deportivo.
8. No a las concentraciones. Cabe mencionar que la ley establece que también están prohibidas las concentraciones de barristas antes de ingresar al estadio, “con la finalidad de evitar disturbios, actos vandálicos, alteración del orden público”.
9. Empadronados. Finalmente, la norma dispone que se cree el Registro Único de Empadronamiento de Barristas, a fin de que se pueda monitorear a las personas que ingresan al estadio y evitar disturbios.(RPP)