Imputado reconoció y aceptó su culpa.
Fiscal Niccy Valencia Llerena, logró cárcel efectiva por 30 años y ocho meses y una reparación civil de 10 mil nuevos soles contra Daniel Fernando Salcedo Gómez alias “Ñuqui”, por el delito de violación de la libertad sexual en agravio de la menor A.M.H.L (4).
El deplorable hecho ocurrió el pasado 23 de enero, a las 11:00 horas, en la vivienda ubicada en la cuadra tres de la calle María Julia, del distrito El Porvenir, en circunstancias que la madre confió el cuidado de la menor al hoy sentenciado.
Salcedo Gómez aprovechó la ausencia de los familiares, quienes se encontraban organizando una pollada, para abusar de la menor.
La madre al enterarse de la violación, de inmediato puso la denuncia en la comisaría de El Porvenir, cuyos efectivos lograron capturar a las pocas horas al delincuente.
Durante los alegatos de clausura, expuestos por la representante del Ministerio Público, el imputado aceptó los cargos y el Juzgado resolvió condenarlo a 30 años de pena privativa de la libertad efectiva.(RPP)
Fiscal Niccy Valencia Llerena, logró cárcel efectiva por 30 años y ocho meses y una reparación civil de 10 mil nuevos soles contra Daniel Fernando Salcedo Gómez alias “Ñuqui”, por el delito de violación de la libertad sexual en agravio de la menor A.M.H.L (4).
El deplorable hecho ocurrió el pasado 23 de enero, a las 11:00 horas, en la vivienda ubicada en la cuadra tres de la calle María Julia, del distrito El Porvenir, en circunstancias que la madre confió el cuidado de la menor al hoy sentenciado.
Salcedo Gómez aprovechó la ausencia de los familiares, quienes se encontraban organizando una pollada, para abusar de la menor.
La madre al enterarse de la violación, de inmediato puso la denuncia en la comisaría de El Porvenir, cuyos efectivos lograron capturar a las pocas horas al delincuente.
Durante los alegatos de clausura, expuestos por la representante del Ministerio Público, el imputado aceptó los cargos y el Juzgado resolvió condenarlo a 30 años de pena privativa de la libertad efectiva.(RPP)