El Poder Judicial determinó que la Fiscalía no presentó elementos suficientes para afectar derechos fundamentales del exministro, investigado por presunta negociación incompatible, y declaró infundados ambos requerimientos.
El Poder Judicial rechazó la solicitud de la Fiscalía de la Nación para levantar el secreto bancario y de las comunicaciones del exministro Juan José Santiváñez, al concluir que no se acreditó el estándar de sospecha razonable exigido por la ley para intervenir derechos fundamentales en una investigación penal.
El origen de la pesquisa contra el exministro Juan José Santiváñez se sitúa en presuntas irregularidades relacionadas con el caso conocido como “Los Waykis en la Sombra”, en el que fiscales consideran que habría intentado obstruir la colaboración eficaz de un investigado para proteger a terceros, entre ellos a Nicanor Boluarte.
La Fiscalía planteó que Santiváñez habría promovido la contratación de un abogado cercano —a través de la modificación irregular de requisitos para la contratación directa— con el objetivo de que Jorge Luis Ortiz Marreros no se acoja a la figura de colaborador eficaz y, por ende, no aporte información que involucre a Boluarte u otros implicados.
Ese supuesto favorecimiento, según la hipótesis fiscal, consistió en instruir o influir para que se contrate a Carlos Alvizuri Marín —abogado sin la experiencia requerida— como defensor de Ortiz Marreros, pese a que el procedimiento debía respetar condiciones legales claras.(La República).