La norma aprobada por la representación nacional pone en peligro la libertad de prensa.
El Pleno del Congreso aprobó hoy en dos votaciones consecutivas el polémico proyecto de ley que sanciona con cuatro años de cárcel a los que difundan una interceptación telefónica que “no tenga un contenido delictivo perseguible” o que “contravenga el ordenamiento legal vigente”, con lo que la iniciativa, que presentó el legislador Javier Bedoya de Vivanco –con el aval de la bancada de Alianza Por el Gran Cambio– quedó expedita para que el Ejecutivo la promulgue u observe.
El proyecto, que modifica el artículo 162 del Código Penal, obtuvo 93 votos a favor, uno en contra y cuatro abstenciones en la primera votación y en la segunda, 87 votos a favor, cero en contra y ocho abstenciones.
“El que, indebidamente, interfiere, escucha o difunde una comunicación privada, independientemente del medio a través del cual haya tenido lugar, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”, señala el texto de la iniciativa.
En concreto, los medios de comunicación deberán trabajar bajo la amenaza de un proceso judicial, ya que cualquier funcionario corrupto podría escudarse en que se trata de una “comunicación privada” para evitar la difusión de un audio que lo involucre en actividades ilícitas. (Peru21.pe)
El Pleno del Congreso aprobó hoy en dos votaciones consecutivas el polémico proyecto de ley que sanciona con cuatro años de cárcel a los que difundan una interceptación telefónica que “no tenga un contenido delictivo perseguible” o que “contravenga el ordenamiento legal vigente”, con lo que la iniciativa, que presentó el legislador Javier Bedoya de Vivanco –con el aval de la bancada de Alianza Por el Gran Cambio– quedó expedita para que el Ejecutivo la promulgue u observe.
El proyecto, que modifica el artículo 162 del Código Penal, obtuvo 93 votos a favor, uno en contra y cuatro abstenciones en la primera votación y en la segunda, 87 votos a favor, cero en contra y ocho abstenciones.
“El que, indebidamente, interfiere, escucha o difunde una comunicación privada, independientemente del medio a través del cual haya tenido lugar, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”, señala el texto de la iniciativa.
En concreto, los medios de comunicación deberán trabajar bajo la amenaza de un proceso judicial, ya que cualquier funcionario corrupto podría escudarse en que se trata de una “comunicación privada” para evitar la difusión de un audio que lo involucre en actividades ilícitas. (Peru21.pe)