De acuerdo con lo establecido por las leyes y decretos referidos a los gobiernos regionales y municipalidades, este 01 de enero de 2019 deben juramentar las autoridades de los 25 gobiernos regionales y 1874 municipales, elegidas en últimos comicios. Sin embargo, de acuerdo con estadísticas de la consultora en protocolo Stato, el 99% de gobernadores regionales y alcaldes actuales juramentaron erróneamente a su cargo.
Frente a ello, Carlos Tenicela, experto en protocolo y ceremonial de Estado y autor del libro Protocolo Regional y Municipal da a conocer el correcto procedimiento de juramentación para gobernadores regionales y alcaldes en el Perú:
De acuerdo a la Ley de Gobiernos Regionales y al Decreto Supremo N.096-2005-RE, los gobernadores regionales deben respetar cuatro principios en el acto de juramentación, denominado oficialmente “Ceremonias de Toma de Posesión de Gobernador Regional”: juramentar el 01 de enero del siguiente año de su elección; realizarla en su sede institucional; que la toma de juramento la realice el consejero electo de mayor edad; y por último, respetar los distintivos de su cargo (banda de color granate llano e incluir una solapera).
Frente a ello, Carlos Tenicela, experto en protocolo y ceremonial de Estado y autor del libro Protocolo Regional y Municipal da a conocer el correcto procedimiento de juramentación para gobernadores regionales y alcaldes en el Perú:
De acuerdo a la Ley de Gobiernos Regionales y al Decreto Supremo N.096-2005-RE, los gobernadores regionales deben respetar cuatro principios en el acto de juramentación, denominado oficialmente “Ceremonias de Toma de Posesión de Gobernador Regional”: juramentar el 01 de enero del siguiente año de su elección; realizarla en su sede institucional; que la toma de juramento la realice el consejero electo de mayor edad; y por último, respetar los distintivos de su cargo (banda de color granate llano e incluir una solapera).
Respecto a los alcaldes provinciales y distritales, según la Ley orgánica de municipalidades, Ley de elecciones y por usos y costumbres, el acto de juramentación se denomina “Sesión Solemne de Juramentación” y debe respetar los siguientes principios: juramentar el 01 de enero del siguiente año a su elección, ser juramentado por el teniente alcalde electo y respetar los distintivos de su cargo (medalla sostenida por una cinta del color predominante de la bandera municipal).
Fuente: www.ondadigital.pe