El Ministerio Público ante uno de sus mayores retos: una investigación de oficio a Nadine Heredia por supuesta usurpación de funciones. Si no lo hace se la van a pedir. Aunque es difícil probar las interferencias, una indagación preliminar contribuirá a esclarecer los hechos y a establecer parámetros de actuación a la Primera Dama.
Ricardo Uceda
Desde cierto punto de vista, no debería sorprender que el Ministerio Público inicie una investigación contra Nadine Heredia por usurpación de funciones. El delito ocurre cuando en el sector público alguien se atribuye poderes que no tiene. Las penas para los usurpadores, de acuerdo con el artículo 361 del Código Penal, van desde los cuatro hasta los siete años. Pero en el caso de la esposa de Ollanta Humala es prematuro debatir acerca de su culpabilidad. El meollo de la cuestión es si existen suficientes indicios como para que un fiscal decida iniciar un proceso de verificación de los mismos. Se llama investigación preliminar.
La primera condena que recibió Alberto Fujimori –seis años de prisión– fue por usurpación de funciones. En 2000 ordenó el allanamiento de la casa de Trinidad Becerra, esposa de Vladimiro Montesinos, siendo que era una atribución judicial. En diciembre pasado, nada menos que el presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar, Hugo Pow Sang, fue sentenciado a cuatro años de carcelería suspendida por haber juzgado por enriquecimiento ilícito a un coronel. No era un delito de función: le correspondía verlo al fuero común. En 2012, un juzgado encontró culpable al ex alcalde de Ica Mariano Nacimiento, por haber cambiado la zonificación de terreno, violando una ordenanza municipal según la cual se requiere un acuerdo de Concejo para hacerlo. Son tres casos muy distintos, y en nada se parecen a lo que origina la discusión en torno de Nadine Heredia.
En ellos, por ejemplo, la culpabilidad no admite duda. Tanto Fujimori como Pow cometieron el delito dejando suficiente evidencia material, mientras Nacimiento puso su firma. Heredia, en cambio, no ha suscrito ningún decreto. Se le atribuye un poder oscuro, paralelo al del presidente y gabinete. Sin embargo, los acontecimientos que rodearon la renuncia de César Villanueva al cargo de Primer Ministro podrían haber proporcionado elementos que justifiquen –obliguen, podría ser el término más adecuado– una investigación de oficio.
EL ÚLTIMO INDICIO
Veamos, por ejemplo, lo que declaró el ministro de Economía, Miguel Castilla, la noche del domingo 23 de febrero, a pocas horas de haber retornado de la gira por Medio Oriente con Ollanta Humala. En América TV, los periodistas Sol Carreño y Augusto Thorndike, del programa Cuarto Poder, le preguntaron acerca de las circunstancias en las que Nadine Heredia desautorizó a Villanueva, quien había dicho que el aumento del sueldo mínimo estaba en la agenda del gobierno. Castilla dijo que estas declaraciones lo sorprendieron, que no eran exactas ni convenientes, que se enteró de ellas leyendo por internet el diario Gestión en Israel, y que habló al respecto con el presidente. El ministro dejó en claro que él no se comunicó con Nadine.
Castilla no explicó cómo se tomó la decisión de desmentir al Primer Ministro, quien es nada menos que el vocero constitucional del Ejecutivo. ¿Le pidieron a Nadine que lo hiciera? ¿Ella lo hizo por decisión propia? Hay un vacío en la determinación de la “cadena de mando”. Cuando los periodistas inquirieron al respecto, Castilla respondió:
–Bueno, mire… El Presidente habla con su señora y lo que hablan entre ellos es cuestión de ellos.
¿Cuestión de ellos? Ni tanto. Porque el motivo aducido por el Premier Villanueva para renunciar fueron, precisamente, las declaraciones de la esposa de Humala. Villanueva dijo que se había quebrado la institucionalidad del Poder Ejecutivo. Es una declaración grave que el Ministerio Público está llamado a investigar.
Villanueva había renunciado, según declaró ante Jaime de Althaus en La Hora N, a las seis de la tarde del domingo, antes de que hablara Castilla (en esto se equivocó El Informante del 25 de febrero). De modo que cuando el ministro de Economía habló en Cuarto Poder ya sabía que el Primer Ministro había renunciado. También sabía que el motivo eran las declaraciones de la esposa del presidente.
NUEVOS INDICIOS
Los últimos acontecimientos proporcionan otros elementos que refuerzan la necesidad de una investigación. Uno de ellos, la misma entrevista a Castilla el domingo 23. Dijo que luego de una permanencia de dos años y medio en el gobierno, era testigo de primera mano del rol que tenía Nadine Heredia. “Ella trabaja muy cerca con el gabinete, con el Presidente de la República. Somos un equipo”. El ministro de Economía dejó en claro que las decisiones las tomaban el Presidente de la República con sus ministros, pero a continuación sostuvo:
–La señora Primera Dama es un puntal del gobierno. Y no tengo ningún reparo en decir eso porque lo es. Y trabajamos juntos como equipo muchos temas. Y quien es la cabeza de eso es el Presidente de la República...
¿Qué significa formar parte de “un equipo”? ¿O ser “puntal del gobierno?” Esta última palabra quizá tuviera, desde luego, una implicación meramente política. La sola figura o presencia de Nadine puede insuflar ánimos y, en esa medida, ser “un puntal”. ¿Será así? La primera acepción de puntal en el DRAE es: “Madero hincado en firme, para sostener la pared que está desplomada o el edificio o parte de él que amenaza ruina”. Parece que una influencia más decidida que la espiritual es necesaria para ser puntal de un gobierno.
Sobre todo porque dos ex primeros ministros del mismo gobierno, Oscar Valdés y Salomón Lerner, han tenido inequívocas expresiones respecto del rol de la Primera Dama. Lerner dijo que cada vez es más evidente que gobierna. Y Valdés, que ella está asumiendo roles de Primer Ministro. Además, reveló que él prohibió que hablaran con Nadine a los ministros que como Premier coordinaba. Lo cual significa que despachaban con ella.
Hasta aquí, van tres declaraciones fundamentales que un fiscal podría tomar. Pero ellas no bastan, naturalmente, para demostrar que hubo delito.
HOJA DE RUTA
Declaraciones de los mencionados y de otros altos funcionarios que han pasado por el gobierno pueden ser extremadamente esclarecedoras. Es posible conocer los nombres y las funciones de todas las personas que trabajan con la Primera Dama y sus labores de los últimos doce meses.
También el origen, autorización, presupuesto, rendiciones y resultados de todos sus viajes, tanto en el país como en el extranjero. Es dable reconstruir la agenda de cada día, hacer un seguimiento de los rumores e informes periodísticos publicados. ¿Qué ministros fueron entrevistados por Nadine Heredia antes de ser nombrados? ¿Hubo funcionarios que dejaron su cargo por su influjo? ¿Es cierto que el vicecanciller Fernando Rojas le dijo a su tocayo Fernando Carvallo, a fines del 2013, que tendría que dejar su cargo de director del Centro Cultural Inca Garcilaso del Ministerio de Relaciones Exteriores por decisión de Nadine Heredia? ¿Con quién hablaba el ministro de Defensa Pedro Cateriano cuando dijo que Heredia le había dado “luz verde”? Cateriano no ha querido decirlo en el Congreso. Ante un fiscal la figura sería diferente.
Esto suena a persecución, pero sencillamente es la hoja de ruta que tendría que seguir cualquier investigación preliminar si se propone determinar usurpación de funciones. Si ante los actuales indicios el Ministerio Público no lo hace, se lo van a pedir. Podría iniciarla un fiscal de turno, o uno provincial si la decisión la toma el Fiscal de la Nación. Nadine, que no tiene protección especial, no necesita atribuciones delegadas por el Congreso para ser sometida a escrutinio, aunque sí ministros de Estado si las infracciones se realizaron con su concurso. Es uno de los mayores retos para el fiscal de la Nación, José Antonio Peláez, a quien visita de cuando en cuando y con la mayor discreción el asesor jurídico presidencial Eduardo Roy Gates. Si Peláez inicia la investigación, la continuaría su sucesor, muy posiblemente el primo de Nadine, Carlos Ramos Heredia. Aunque objetado, Ramos sigue siendo el candidato del gobierno para dirigir el Ministerio Público.(la república)