viernes, 4 de enero de 2013

Estos son los días no laborables del sector público


Se trata del lunes 11 y martes 12 de febrero, el jueves 27 y viernes 28 de junio, el martes 30 de julio, el jueves 29 de agosto, el lunes 7 de octubre y el lunes 30 y martes 31 de diciembre.

Según el Decreto Supremo, las horas dejadas de trabajar en los días no laborables serán compensados en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.

Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en la norma previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.