NUEVAMENTE EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PROTAGONIZA UN HECHO BOCHORNOSO QUE PONE EN JAQUE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL PAÍS PONIENDO EN EL OJO DE LA TORMENTA A UNA INSTITUCIÓN DE GRAN VALÍA COMO ES EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
Tribunal Constitucional: En busca de Tribunos idóneos
Por: Dionicio Mantilla León
Según el artículo 201
de nuestra constitución Política el Tribunal
Constitucional es el máximo órgano de control de la misma, es decir, constituye
la suprema institución de interpretación del contenido de nuestra Carta Magna.
Es autónomo e independiente en la toma de sus decisiones y por encima de esta
entidad supranacional no existe ya otra institución nacional de apelación ante
cualquier infracción o duda en el cumplimiento de una norma constitucional. La
misión del TC es de tal trascendencia que tiene que ver con asuntos sensibles
que atañen a la estructura del Estado: la gobernabilidad, el Estado de Derecho,
el equilibrio de poderes; así mismo, con la libertad de expresión, la vacancia
presidencial, la disolución el Congreso, entre otros.
De
acuerdo a su Ley Orgánica (28301) los siete Tribunos que conforman esta
institución gozan de inmunidad y de las mismas prerrogativas de los Congresistas
de la República teniendo su mandato una duración de cinco años. Consecuentemente,
considerando este escenario, los tribunos del TC se supone que deben ser
profesionales idóneos y de gran solvencia profesional en las normas
constitucionales, así como poseedores de una moral, conducta y trayectoria
intachable. ¿Sin embargo, en la práctica, esto es así?
El Tribunal Constitucional fue creado como
institución por la Constitución Política de 1979, y, en mayo de 1982, el ex
Presidente de la República Fernando Belaunde Terry promulgó la Ley Orgánica del
Tribunal de Garantías Constitucionales el que luego fue instalado en la ciudad
de Arequipa un 19 de noviembre de ese mismo año. Muchos años han transcurrido y
la trascendencia del rol que cumple esta entidad supranacional en la definición
de sensibles afectaciones a las normas constitucionales no ha decrecido antes
más bien se ha incrementado atendiendo una serie de controversias de personas
naturales y jurídicas pues su función es la de velar porque las leyes, los
órganos de Estado y los particulares no vulneren los dispuesto por la
Constitución Política.
Sin embargo, no todo ha sido “color de rosa”
pues esta institución por la trascendencia que posee para resolver conflictos
ha tenido que soportar los vaivenes de la política partidaria, y, su
conformación ha estado sujeta a las apetencias e intereses de los caudillos
políticos y grupos de poder económico de allí que, de tiempo en tiempo, surgen
pugnas, apuros, negligencias y desavenencias tal como los que se vienen
suscitando en la presente coyuntura muy cercana al 28 de julio fecha de la
asunción del nuevo mandatario de la nación y la celebración del Bicentenario de
la Independencia Nacional.
Como se conoce, 6 de los Tribunos
integrantes del actual Tribunal Constitucional tienen ya su mandato vencido en
demasía pues fueron juramentados e instalados el 3 de junio del 2014. Vacantes que deberían
haber sido cubiertos en su oportunidad por el Congreso disuelto; sin embargo, los
intereses subalternos del partido Fuerza popular que tenía la mayoría congresal
lo impidieron razón por la cual esta importante tarea debería ser asumida por
el actual Congreso, lamentablemente esto no fue así dando pase más bien a otros temas no urgentes
y populistas: Devolución de aportes de las AFP, ONP, nombramiento sin concurso
de trabajadores CAS, ascensos automáticos de los trabajadores de Salud, entre
otras medidas.
De esta manera, a escasamente ocho días
de terminar su mandato y trastocando el ordenamiento constitucional y lo
establecido en su propio reglamento, la mayoría de partidos con representación
congresal a toda costa han intentado elegir a los seis Tribunos integrantes del
Tribunal Constitucional en un proceso electoral exprés con un evidente interés
subalterno pues cada partido colocó su candidato a la medida partidaria sin
considerar la respectiva idoneidad y trayectoria profesional de los postulantes
aplicando una prueba evaluativa mediocre en donde tanto los congresistas con
sus preguntas, como los postulantes con sus respuestas, demostraron una
absoluta incapacidad.
Un bochornoso hecho que, entre otras irregularidades, fuera denunciada por el abogado Walter Ayala pidiendo su anulación la que fuera acogida por la Jueza del Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima quien dispusiera su suspensión lo cual generara, como era de suponer, el rechazo de los congresistas que de todas maneras la llevaron adelante; empero, al ser sometido al pleno no alcanzaron los 87 votos para la elección y para colmo, el primero en la lista de méritos, Fernando Calle, sólo obtuvo 6 votos incumpliendo así lo que manda la Constitución Política y el desacato por parte del Congreso de la República a la disposición judicial estará sujeto a la penalidad respectiva. Por su parte la Dra. Elvia Barrios, ha afirmado: “Toda autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las disposiciones judiciales”.
UNA PROPUESTA A TOMAR EN CUENTA
Esta elección fallida, nos da pie para proponer que, con la respectiva modificatoria de la Constitución Política, la tarea de elegir Tribunos debe estar a cargo de una institución que siga el camino de lo jurisdiccional y sea una institución afín al Tribunal Constitucional como es el Jurado Nacional de Justicia y no el Congreso de la República. Las razones son evidentes: Los congresistas, en su casi totalidad, carecen de la capacidad necesaria para evaluar a los Tribunos y, además, anteponen sus intereses subalternos partidarios y de grupo y no la idoneidad de los miembros de la entidad que eligen.