Jefe de la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri), general José Lavalle Santa Cruz, precisó que las empresas telefónicas solamente darán información sobre la ubicación de la antena más cercana desde donde el delincuente realiza las llamadas relacionadas con sus actividades ilícitas.
Escribe: Doris Aguirre
La ley que autoriza la localización y la geolocalización de los teléfonos de las personas denunciadas por extorsión u otros delitos, solamente permite que las compañías telefónicas proporcionen a la Policía Nacional información sobre la ubicación de la antena más próxima al teléfono que usa el presunto delincuente.
De acuerdo con la explicación del jefe de la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri), general PNP José Lavalle Santa Cruz, además de la ubicación de la antena, las operadoras telefónicas están obligadas a entregar a las autoridades detalles del ámbito geográfico donde se encuentra el teléfono del incriminado.
La información está referida a la probable ubicación del teléfono de los denunciados en un radio de 300 a 500 metros cuadrados, ámbito en el que la policía especializada deberá desplegar sus acciones para intervenir a los presuntos delincuentes.
“De ninguna manera la ley nos autoriza la interceptación de las llamadas telefónicas, y mucho menos obliga a las empresas telefónicas a entregar información sobre los contenidos de las comunicaciones”, afirmó el general José Lavalle.
“La ley simplemente agiliza un procedimiento que la Policía Nacional lleva a la práctica hace un tiempo. La diferencia es que antes la autorización del juez tardaba hasta tres meses. Ahora la norma acorta el plazo a 24 horas, lo que nos permitirá actuar inmediatamente. Es una herramienta legal que contribuirá en el trabajo de investigación criminal en casos relacionados a delitos graves, como secuestros, extorsiones, homicidios y otros relacionados”, señaló el jefe de la Dirincri: “Ahora actuaremos y seremos más efectivos contra la delincuencia”.
Efectivamente, el Decreto Legislativo 1182 señala con precisión que no está permitida la interceptación de teléfonos.
Al respecto, ya existe una norma y un protocolo que autoriza a un equipo especial de la Dirección Nacional Antidrogas (Dirandro) espiar teléfonos de presuntos delincuentes mediante el sistema de autorización judicial.
Márgenes de acción
Los agentes de la Dirandro mediante el equipo “Constelación”, donado por el gobierno de los Estados Unidos, espían cada día al menos 300 líneas telefónicas.
El Decreto Legislativo 1182 tiene una finalidad completamente diferente.
“La ley no franquea el acceso a las comunicaciones telefónicas. Eso dicen personas que no han leído la norma. Solamente estamos autorizados a que las empresas operadoras de teléfonos nos entreguen datos sobre la antena más cercana a la ubicación del presunto delincuente. Nada más”, señaló el jefe de la Dirincri, general PNP José Lavalle.
Oficiales de la División de Investigación de Secuestros (Divise) tienen una amplia experiencia en el procedimiento de solicitar a las empresas telefónicas información sobre la ubicación de los teléfonos de los delincuentes. Testimonios recogidos por este diario indican que los oficiales de la policía enfrentaron dificultades para acceder a los datos de los presuntos plagiarios.
“Cuando finalmente el juez autorizaba la entrega de información después de tres meses, ya todo estaba perdido. El delincuente había cambiado de teléfono y de chip. Era virtualmente un no habido. Salvo en ocasiones excepcionales, los jueces respondieron a tiempo. Pero con la nueva ley, esperamos que todo esto cambie. Las empresas telefónicas estarán obligadas a entregar la data en 24 horas”, explicaron fuentes de la Divise.
El Decreto Legislativo 1182 se propone agilizar el procedimiento para que las compañías de teléfonos agilicen el suministro de datos.
“Muchas veces los jueces otorgaban el visto bueno a nuestros pedidos de información, pero las empresas de telefonía tardaban lo que querían en responder. Estaban en otro mundo. Claro, si uno de sus funcionarios estaba involucrado, al toque daban los datos”, dijeron las fuentes.
El 18 de julio de este año, el menor J.M.M., de diez años de edad, fue secuestrado en la puerta de su colegio, en El Agustino. Mediante un celular el plagiario reclamaba a la familia del niño 15 mil dólares por su liberación. La Divise por sus propios medios descubrió que el plagiario era nadie menos que su tío, Jonathan Macalapú Martel.
Habla la experiencia
“Esto fue un caso excepcional. Recurrimos a contactos para identificar el número del celular del secuestrador. Pero estamos seguros de que con la nueva ley, esto será algo más expeditivo. Los plagiarios y otros delincuentes serán más rápidamente identificados. Vamos a tener más éxito con nuestras operaciones contra el crimen organizado”, señalaron fuentes de la Divise.
Las fuentes relataron que en una ocasión el gerente de Telefónica, Julio Voyset Flores, fue secuestrado. Por tratarse de un funcionario de esta compañía, esta recién actuó rápidamente y proporcionó los datos a la Divise: de dónde los delincuentes efectuaban las llamadas para requerir el rescate. Finalmente la policía logró la liberación de Voyset.
Pero esto cambiará
Ahora las compañías telefónicas están obligadas a suministrar la data en menos de 24 horas para localizar a los delincuentes.
El fiscal superior coordinador de las fiscalías de Crimen Organizado, Jorge Chávez Cotrina, expresó su respaldo al Decreto Ley 1182 porque contribuye decisivamente a la represión de las actividades delictivas.
“Es una norma que está de acuerdo con las necesidades de los operadores de justicia para ubicar de dónde se está realizando la llamada y en qué espacio se encuentra el delincuente”, expresó el fiscal superio Jorge Chávez.
“Esta medida nada tiene que ver con las interceptaciones telefónicas, ni con las escuchas, que son procesos que se realizan con una orden judicial y está en manos del sistema Constelación. Esto es otro mecanismo que nada tiene que ver con la Ley 1182”, apuntó el fiscal Jorge Chávez Cotrina.
Un equipo de élite conformado por agentes de la División de Investigación de Alta Tecnología (Divindat), de la División de Investigación de Secuestros (Divise) y de otras unidades se encargará de coordinar con las compañías telefónicas para requerir y recibir los datos de localización y geolocalización de las personas denunciadas.
Todos los integrantes de este grupo de élite será poligrafiado y será sometido a un examen psicológico para evitar cualquier tipo de filtración o de malas prácticas.
Todas las unidades policiales están facultadas a recibir las denuncias, y estas deben informar a la unidad especializada de la Drincri, la que a su vez requerirá información a las empresas telefónicas en coordinación con el Ministerio Público y el Poder Judicial en un plazo de 24 horas.
En caso los efectivos policiales hagan un mal uso del sistema previsto por el Decreto Legislativo 1182, serán procesados y sancionados tanto administrativa como penalmente.
Nadie de la PNP puede libremente requerir información a las empresas de telefonía, a menos que exista aprobación de la fiscalía.
Opiniones diversas
El ministro de Justicia, Gustavo Adrianzén, afirmó que el Decreto Legislativo 1182 se enmarca en lo expresado por la Constitución en relación con la inviolabilidad de las comunicaciones.
Por su parte, el ministro del Interior, José Pérez Guadalupe, aclaró que de ninguna manera la norma aprueba el espionaje telefónico, y reclamó a los críticos que primero lean la ley antes de cuestionarla. “No viola la privacidad”, dijo.
El congresista Fernando Andrade consideró que el DL 1182 es un paso adelante y decisivo para combatir el crimen organizado porque permite acciones rápidas y directas.
Por su parte, el constitucionalista Enrique Bernales Ballesteros indicó que la norma debe ser estudiada con mayor detenimiento. Indicó que lo preferible hubiera sido un amplio debate en el Congreso respecto a sus objetivos, limitaciones y sus alcances.
Enfoques
"Que deroguen la ley"
Miguel Morachimo
Hiperderecho
El contenido de nuestras conversaciones está indudablemente protegido; sin embargo, nuestra ubicación no lo está. Creemos que ahora más que nunca todos andamos pegados al teléfono y en la ruta que tomamos diariamente puede ser tanto o más comprometedora y reveladora de nuestros gustos, intereses o actividades. Tenemos ya en el Perú normas como la ley general de telecomunicaciones o la ley de protección de datos personales que dicen que este tipo de información es parte de la privacidad y el secreto de las comunicaciones. Este decreto lo que dice es que lo que antes estaba protegido por un juez hoy es de libre acceso para la policía. Lo que se debería hacer es derogar la norma, hacer una nueva ley que establezca plazos menores de respuesta judicial. Si son personas secuestradas o casos de extorsión, el juez debería responder los pedidos inmediatamente.
"Es una norma necesaria"
Otto Guibovich
Ex comandante gneral del Ejército
El espíritu de la ley es bueno. Creo que es tiempo de legislar en torno a tecnologías de información y comunicaciones porque la delincuencia hace uso de la tecnología. Los delincuentes no escatiman esfuerzos para utilizar la tecnología de la información para atacar a la sociedad, entonces hay que buscar nuevos mecanismos que permitan reprimirlos. Lo que entiendo es que no es interceptación telefónica, no es buscar el contenido de la información sino conocer de dónde se produce la llamada. Hay que diferenciarlo bien, una cosa es la interceptación telefónica –que está penada por ley– y otra cosa buscar de dónde se está haciendo una llamada extorsionadora. La ley exige el visto bueno de un fiscal y reportar un plazo prudente al juez y el juez es quien tiene la última palabra. No se trata de una ley con precisiones sobre cómo debe aplicarse e incluye sanciones a los que utilicen la información obtenida para otros fines. No se trata de una carta abierta. Es una norma necesaria”.(la república)