La iniciativa modifica artículos del Código Penal para fijar un mínimo de 30 años de cárcel para quien mate a otra persona por orden, encargo o acuerdo.
El Pleno del Congreso de la República aprobó, por unanimidad, el dictamen que modifica los artículos 108-C y 108-D del Código Penal (Decreto Legislativo 635) para fortalecer la lucha contra el sicariato. La propuesta recibió 106 votos a favor y fue exonerada de una segunda votación.
Con la modificación, se establece que quien mate a otra persona por orden, encargo o acuerdo, con el fin de obtener un beneficio económico u otro tipo de ventaja, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de 30 años, además de la inhabilitación señalada en el numeral 6 del artículo 36. La misma sanción recaerá sobre quienes ordenen, encarguen, acuerden o actúen como intermediarios en un acto de sicariato.
Asimismo, la norma eleva la sanción a cadena perpetua cuando el delito se cometa utilizando a un menor de edad o a una persona inimputable.
El presidente de la Comisión de Justicia, Flavio Cruz Solórzano, explicó que el sicariato es uno de los delitos de mayor crecimiento en el país.
Según cifras de la Policía Nacional y el INEI, en 2024 se registró un promedio de tres asesinatos por encargo al día. "Este fenómeno impacta no sólo en la vida e integridad de las personas, sino también en la seguridad ciudadana, el orden interno y la economía, afectando el transporte, el comercio y los servicios públicos", señaló.
Cruz remarcó que el dictamen busca endurecer las penas tipificadas en los artículos 108-C (sicariato) y 108-D (conspiración y ofrecimiento para sicariato), además de ampliar agravantes.
"Responde a la crisis de seguridad ciudadana considerando que en 2023 se registraron más de 570 mil denuncias por delitos con fuerte presencia de homicidios y extorsiones. Cierra vacíos legales y fortalece la punición de las fases previas al sicariato", añadió.(Perú 21)