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sábado, 20 de junio de 2015

Pugna por millonario local del Club Libertad

Procuraduría de la MPT solicita revocar resoluciones que favorecieron a familia trujillana

Pugna por millonario local del Club Libertad
Trujillo.- Desde hace 24 años la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) pugna por recuperar los más de 23 mil 500 metros cuadrados del conocido Club Libertad, predio que tiene un valor comercial de 43 millones 537 mil dólares americanos.

En tal sentido, se conoció que el último jueves, ante la Corte Suprema se presentó el representante de la Procuraduría Municipal de Trujillo, Jorge Seminario Mauricio.

En la cita con la justicia el abogado municipal pidió que se revoque una última resolución y que se declare improcedente la demanda interpuesta por la familia Burméster Landauro, que administra tal club, sobre la demanda de prescripción adquisitiva de dominio contra la MPT.

Cabe indicar que el litigio judicial inició en el año 2008, pero desde 1991, según se informó, el citado inmueble del Club Libertad debió pasar a manos del ayuntamiento trujillano.

DETALLES. Al respecto, Jorge Seminario explicó que hace más de 100 años se celebró un contrato de enfiteusis (que significa cesión temporal del dominio útil de un inmueble) entre la cofradía Nuestra Señora de la Merced y una familia de apellido Herradas. Luego, este pasó a manos del Club de Tiro, hoy Club Libertad, por lo que -según explica Seminario- también se traspasa con el contrato enfiteusis.

“Es decir, no se le vende nada, ni te doy el terreno ni nada por el estilo. El dominio útil”, mencionó.

En esa línea, el letrado remarcó que fue el año 1991 en que se venció el contrato, precisando que los actuales posesionarios se encuentran en condición de “precarios”.

“¿Y por qué esa situación? Porque ellos no cumplieron con un contrato, una especie de arrendamiento que se utilizaba antiguamente, o sea, ellos no pudieron haberse ajudicado un bien que no les correspondía. En este caso estamos hablando del Club Libertad como asociación, que lo representa el señor Carlos Burmester Landauro”, acotó el funcionario edil.

MÁS ARGUMENTOS. En tanto, Seminario Mauricio precisó que en este tema siempre se dejó enclaro que el predio del club era del Estado.

“¿Y saben por qué? Porque cuando ellos solicitan el título supletorio ante el órgano jurisdiccional le declaran improcedente su demanda, ¿por qué razón le declaran improcedente? Porque en uno de los considerandos le dicen: ‘Ese terreno es del Estado’, y por lo tanto, es imprescriptible, entonces, ya hay un pronunciamiento de los órganos jurisdiccionales en ese aspecto, el mismo que debe tomar en cuenta la Corte Suprema”, agregó el letrado.

“ACEPTARON”. Además, manifestó que en un momento de la audiencia en la Corte Suprema, el presidente de dicha sala preguntó al abogado de los Burmester (Carlos Monroy Chunga), sobre si tenían conocimiento del contrato enfiteusis, el mismo que -según dijo- fue asentido por Monroy Chunga.

“Entonces, si se tuvo ese contrato enfiteusis, que es un contrato antiguo por el cual te dan por un tiempo determinado para que pagues una cantidad determinada por año y luego tienes que devolverla, entonces tuvo que regresar a la cofradía, pero la cofradía ya no existe, y la cofradía pertenecía a la Beneficiencia Pública de Trujillo y por ende, es de la MPT”, concluyó.

DEFENSA. Por su parte, el abogado de la familia Burmester, Carlos Monroy, refirió que el jueves 18 solo sirvió para que se entregara un informe del recurso de casación entregado por la MPT, y que ellos también hicieron lo mismo en defensa de las dos últimas resoluciones del Poder Judicial en el que le declaran procedente su pedido de consideración de prescripción adquisitava de dominio, por lo que se mostró seguro del desenlace próximo que emita la Corte Suprema.

“Básicamente lo que estamos solicitando es que se mantenga las sentencias en primera y segunda instancia que nos dio la razón, eso es basicamente lo que se ha dicho. Nosotros consideramos que se deben respetar las sentencias conforme a derecho. Nuestra posición es la misma que la sentencia”, expresó.

ESPERA. Ahora, se supo que habrá un lapso de 50 días para conocerse el dictamen de la Corte Suprema, por lo que ambas partes manifestaron que esperan el mismo.

“Si se tiene el mismo razonamiento del juez como el caso del imbueble de Zepita, esa resolución también tendría que ser revocada”, finalizó Seminario.(correo)